Tras los resultados dados a conocer por las Juntas
Regionales Electorales de los comicios parlamentarios, la Mesa de la Unidad
Democrática (MUD) alcanzaría 110 escaños en la Asamblea Nacional, de allí que
es menester informar qué representa esa mayoría desde el punto de vista
legislativo.
La AN está conformada por 167 diputados: la mayoría simple
la integran 84 parlamentarios; y las calificadas de 2/3 la representan 112
diputados, y la de 3/5 partes son 101.
En cuanto a la mayoría simple, la AN puede, según el
artículo 187 constitucional, legislar en materias de competencia nacional y el
funcionamiento del Poder Nacional; ejercer funciones de control sobre el
Gobierno y la administración pública nacional; decretar amnistías; discutir y
aprobar el presupuesto nacional, el régimen tributario y el crédito público;
autorizar créditos adicionales; aprobar las líneas generales del plan de
desarrollo económico y social de la Nación; autorizar al Ejecutivo para
celebrar contratos de interés nacional, en los casos establecidos en la ley; y
los contratos de interés público municipal, estadal o nacional con Estados o
entidades oficiales extranjeras; autorizar el nombramiento del Procurador y los
Jefes de Misiones Diplomáticas; acordar los honores del Panteón Nacional a
venezolanos ilustres que hayan prestado servicios eminentes a la República,
después de transcurridos 25 años de su fallecimiento.
Asimismo, con mayoría simple podrán autorizar la salida del
Presidente de la República del país cuando su ausencia se prolongue por más de
5 días consecutivos; aprobar por ley los tratados o convenios internacionales
que celebre el Ejecutivo; calificar a sus integrantes y conocer de sus
renuncias.
Con mayoría calificada de dos tercios (2/3) podrán aprobar
leyes orgánicas (Art. 203), conocer de la separación temporal de un diputado; y
crear o suprimir comisiones permanentes (Art. 187).
Con las 3/5 partes de la AN podrá, según el mismo Art. 187,
dar voto de censura al Vicepresidente y los Ministros. La moción de censura
sólo podrá ser discutida 2 días después de presentada a la AN, la cual podrá
decidir, por las 3/5 partes de los diputados que el voto de censura implique
destituir a estos funcionarios.
Además, con 101 diputados (3/5 partes), según el artículo
203, se podrán aprobar leyes habilitantes.
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