El vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de
Venezuela, Aristóbulo Istúriz, indicó este jueves que los ministros del Área
Económica no asistieron a la Asamblea Nacional (AN) por razones de Estado.
Aclaró que el decreto de Emergencia Económica debe ser
discutido y analizado por la AN y el Tribunal Supremo de Justicia, motivo por
el cual, los ministros brindarían, de primera mano, información directa, pero
esta situación quiso ser considerada una interpelación pública.
“Requería de la presencia de los ministros y nosotros
aceptamos, basados en el principio de colaboración de los Poderes, pero de
buena fe, sin dañar al país, sin interferir en el esfuerzo que se está haciendo
por unir a las fuerzas productivas del país”, expresó.
Desde el Palacio de Miraflores, el funcionario explicó que
los parlamentarios opositores saben que hay “materias que no pueden ser
dilucidadas públicamente, que son materias de Estado ”, debido a la seriedad
que ameritan.
Istúriz calificó como un “show mediático” la forma como han
asumido los diputados opositores esta presentación, ya que la misma solo sería
para explicar los objetivos del decreto de Emergencia Económica.
“Llamé al presidente de la AN (Henry Ramos Allup), él no
accedió sino a hacer una interpelación pública, transmitida durante todas las
preguntas y no hay garantías, sino un show montado, al que le quieren sacarle
provecho”, aseguró.
Para finalizar, Istúriz invitó a los diputados de oposición
a una reunión este viernes a partir de la 1:00 pm en la sede de la
Vicepresidencia de la República Bolivariana de Venezuela para conversar este
tema “de manera franca”.
El pasado miércoles, el Tribunal Supremo de Justicia, afirmó
la constitucionalidad del Decreto N° 2.184, mediante el cual se declara el
Estado de Emergencia Económica en todo el territorio nacional.
La Sala Constitucional constató que se verifican los
extremos de necesidad, idoneidad y proporcionalidad de las medidas de excepción
decretadas, y que el decreto resguarda y no implica restricción de aquellos
derechos cuyas garantías no pueden ser limitadas por expreso mandato
constitucional, reseña una nota del TSJ.
Correodelorinoco
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