El vicepresidente de Economía
Productiva, Luís Salas, trasmitió la mayor tranquilidad al pueblo venezolano,
al explicar que las medidas del Decreto de Emergencia Económica han sido
tomadas para proteger al pueblo.
“Son medidas que están siendo
tomadas para proteger al pueblo, no para ir en contra del pueblo, queremos
reafirmar la confianza del pueblo venezolano en el Gobierno Revolucionario.
Este es un gobierno del pueblo, para el pueblo y que se debe al pueblo”, aseveró
Salas, tras dar lectura de dicho decreto, desde el Puesto de Comando
Presidencial de Miraflores.
Acompañó sus palabras con un
llamado a la población de optimismo y de esperanza. “Este es un equipo
(económico) que está coordinado (…) seguro estamos que de aquí en adelante
estamos dando un paso histórico, no sólo para superar la coyuntura difícil,
sino para ponernos en una mejor condición para construir la Venezuela
productiva, independiente e incluyente”.
El Vicepresidente expuso los
puntos y dio lectura al Decreto de Emergencia Económica, detallando que esto se
hace en “cumplimiento del mandato constitucional que ordena la suprema garantía
de los derechos humanos, sustentados en el ideario del Libertador Simón Bolívar
y los valores de paz, igualdad, justicias, independencia, soberanía y libertad,
que definen el bienestar del pueblo venezolano para su eficaz desarrollo
social, en el marco del Estado democrático y social de derecho y de justicia”.
En su articulo uno, se establece
que “el Estado de Emergencia Económica en todo el territorio nacional tiene
como objetivo que el Ejecutivo disponga con las atribuciones para adoptar las
medidas oportunas que permitan atender eficazmente la situación excepcional,
extraordinaria y coyuntural por la cual atraviesa la economía venezolana, y que
permita asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos y el libre
acceso a bienes y servicios fundamentales, e igualmente mitigar los efectos de
la inflación inducida, de la especulación, del valor ficticio de la divisa, el
sabotaje a los sistema de distribución de bienes y servicios, así como también
contrarrestar las consecuencias de la guerra de los precios petroleros que ha
logrado germinar al calor de la volátil situación geopolítica internacional
actual, generando una grave crisis económica”.
En segundo lugar, el Ejecutivo
nacional podrá dictar las medidas que considere convenientes particularmente
relacionadas con los siguientes aspectos:
1. Disponer los recursos
provenientes de las economías presupuestarias del ejercicio económico
financiero 2015, con la finalidad de sufragar la inversión que asegure la
continuidad de las misiones sociales para el pueblo venezolano, el
financiamiento de la recuperación en el corto plazo de la inversión en
infraestructura productiva, agrícola e industrial y el abastecimiento
oportunito de alimentos y otros productos esenciales para la vida.
2. Asignar recursos
extraordinarios a proyectos previstos o no en la Ley de Presupuestos a los
Órganos y Entes de la Administración Pública, para optimizar la atención de los
venezolanos y venezolanas en los sectores como salud, educación, alimento y
vivienda, los cuales también podrán ser ejecutados a través de las misiones y
grandes misiones.
3. Diseñar e implementar medidas
especiales de aplicación inmediata para la reducción de la evasión fiscal.
4. Dispensar de las modalidades y
requisitos propios del régimen de contrataciones públicas a los órganos y entes
contratantes en determinados sectores, a fin de agilizar las compras del Estado
que revistan carácter de urgencia dentro del plazo de vigencia de este decreto.
5. Disponer de los trámites,
procedimientos y requisitos para la importación y nacionalización de mercancía,
cumpliendo con los requerimientos fitosanitarios pertinentes.
6. Implementar medidas especiales
para agilizar el transito de mercancía por puertos y aeropuertos del país,
pudiendo desaplicar temporalmente normas legales que se requiera para hacer
posible dicha agilización, salvo a los concerniente en salud, seguridad y
defensa de la nación.
7. Dispensar de los trámites
cambiarios establecidos por Cencoex y por el Banco Central de Venezuela (BCV),
a órganos y entes del sector público o privado, a los fines de agilizar y
garantizar la importación de bienes o insumos indispensables para
abastecimiento nacional, la reactivación productiva del país o el aumento de la
capacidad tecnológica productiva, sin que esto se constituya en modo alguno
como un mecanismo en detrimento de la recuperación del aparato productivo nacional.
8. Requerir a empresas del sector
público y privado incrementar sus niveles de producción, así como el
abastecimiento de determinados insumos a los centros de producción de alimentos
o de bienes esenciales, para garantizar la satisfacción de las necesidades
básicas de los venezolanos y venezolanas.
El ministro Salas indicó, junto a
todo el equipo de la Vicepresidencia Económica, que este decreto se remitirá a
la Asamblea Nacional, a los fines de su consideración y aprobación dentro de
los ocho días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial 40.828.
Señaló que en el mismo también se
remitirá a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a los
fines de que se pronuncie sobre su constitucionalidad.
El Decreto tendrá una duración de
sesenta días contados a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.
Antes de dar lectura al texto,
también refirió cómo sectores nacionales e internacionales iniciaron una serie
de acciones tendientes a desestabilizar la economía del país.
Rememoró que en “ocasión de la
muerte del Comandante Supremo de la Revolución Bolivariana y presidente
Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías,
sectores nacionales e internacional iniciaron una serie de acciones tendientes
a desestabilizar la economía del país, debilitar sus instituciones
legítimamente establecidas y provocar una ruptura del hilo constitucional sobre
la base de un malestar social inducido por dicho sectores”.
También apuntó que “las medidas a
ser tomadas a proteger al pueblo en función de las amenazas existentes deben
ser de una gran magnitud e impacto en la economía nacional y de carácter
estructural, sin afectar los derechos a la vida digna, la educación, la salud,
la alimentación y el trabajo”.
Se
refirió igualmente a que “las estrategias de desestabilización económica han
provocado una caída abrupta de nuestros precios de nuestra principal fuente de
ingreso, como lo es el petróleo, lo cual atenta contra los derechos del pueblo
venezolano, afectando gravemente los ingresos fiscales y de divisas del país,
generando un obstáculo a la ejecución y cumplimiento de los objetivos trazados
en el Plan de la Patria, Segundo Plan Socialista de Desarrollo Social de la
Nación 2013-2019”
Prensa Presidencial
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